A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Instituto Financiero De Casanare·Demandado Afanador Hernandez Pilar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Civil Municipal de Yopal y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva singular de mínima cuantía que formuló el IFC en contra de una ciudadana, pretendiendo reclamar la suma adeudada en virtud de un contrato de cuentas de participación y acta de liquidación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte consideró que el proceso precitado debe ser conocido por la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Segundo Administrativo de Yopal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Yopal y el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Yopal en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Yopal es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por el Instituto Financiero de Casanare contra Pilar Afanador Hernández.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU 2574 al Juzgado
- Segundo. Administrativo de Yopal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Yopal.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.